(Conforme a los estándares del Perito Psicólogo en sede judicial)
1. Rol y límites del perito psicólogo
El/la perito psicólogo/a actúa como auxiliar de la Administración de Justicia, conforme a los artículos 335 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y a la práctica forense penal.
Su función no es determinar culpabilidad, sino aportar una valoración técnica objetiva, basada en metodología científica contrastada, que ayude al tribunal a comprender:
- El riesgo de violencia
- La existencia de patrones conductuales relevantes
- El impacto psicológico de los hechos descritos
- Los factores de protección y riesgo futuro
Cualquier conclusión se formula dentro de los límites de la psicología forense y bajo el principio de prudencia pericial.
2. Metodología de evaluación
La evaluación pericial se fundamenta en un enfoque de juicio profesional estructurado, combinando:
- Análisis documental (denuncias, atestados, declaraciones, informes previos)
- Entrevistas clínicas estructuradas o semiestructuradas
- Aplicación de instrumentos psicométricos validados
- Contraste de información (consistencia interna y externa)
3. Instrumentos de evaluación del riesgo y patrones de violencia
HCR-20 (Historical, Clinical, Risk Management)
El HCR-20 es un instrumento ampliamente aceptado en el ámbito forense para la valoración del riesgo de violencia futura.
Se utiliza como herramienta de juicio profesional estructurado, no como escala predictiva automática.
Evalúa:
- Factores históricos: antecedentes de violencia, amenazas, escalada conductual
- Factores clínicos: impulsividad, regulación emocional, ausencia de insight
- Factores de gestión del riesgo: respuesta a límites, cumplimiento de normas, estrés situacional
Su uso es especialmente pertinente en contextos de violencia de género, donde existe progresión desde la violencia psicológica hacia la física.
PCL-R (Psychopathy Checklist – Revised)
La PCL-R solo puede ser administrada e interpretada por profesionales específicamente formados y acreditados.
En el ámbito pericial, su finalidad es descriptiva, no estigmatizante, y permite valorar la presencia de rasgos de personalidad asociados a:
- Falta de empatía
- Manipulación interpersonal
- Dominancia y sentido de derecho
- Ausencia de remordimiento
Estos rasgos pueden resultar relevantes cuando existen indicios de conductas coercitivas, intimidatorias o instrumentales, especialmente si se observa discrepancia entre discurso y conducta documentada.
4. Entrevistas clínicas estructuradas
El perito puede emplear entrevistas estructuradas o semiestructuradas para explorar:
- Estilo de resolución de conflictos
- Tolerancia a la frustración
- Reconocimiento de responsabilidad
- Capacidad empática
- Desencadenantes de ira o agresividad
- Actitudes hacia el control, los límites y la autonomía ajena
Las respuestas se analizan atendiendo a su coherencia, congruencia emocional y consistencia con los hechos acreditados.
5. Valoración pericial y cautelas interpretativas
Las conclusiones periciales se formulan:
- Sin emitir juicios de valor
- Sin sustituir la función jurisdiccional
- Sin diagnosticar de forma categórica si no existe base suficiente
El informe puede pronunciarse sobre:
- Indicadores de riesgo
- Compatibilidad de los hechos con patrones de violencia de género
- Necesidades de protección o intervención
6. Utilidad judicial
Este tipo de evaluación pericial resulta relevante para:
- Valoración del riesgo de reiteración
- Adopción de medidas de protección
- Procedimientos penales y civiles vinculados
- Contextualización psicológica de los hechos denunciados
Conclusión pericial
La aplicación de herramientas validadas, junto con entrevista clínica y análisis documental, permite ofrecer al tribunal una opinión técnica fundamentada, objetiva y útil, respetando los principios de la psicología forense y los derechos de las partes.

